miércoles, 22 de septiembre de 2010

Los Ciberdelitos: El Grooming.

Este artículo pretenderá dar una visión acerca de los ciberdelitos, un flagelo que nos aqueja en la actualidad dada la inmensa trascendencia de la problemática y su rápida forma de propagarse. En particular trataré el tema del Grooming, un delito que si bien es muy poco conocido es muy ejecutado a diario.
Es necesario tener en cuenta que, según fuentes periodísticas, sólo uno de cada 4 ciberdelitos es denunciado, ya que según la nota del Diario Clarín del día 14/06/10:
"...por desconocimiento o trabas para denunciar, pocos damnificados van a la Justicia..."1
En el año 2008, el Congreso de la Nación sancionó la Ley de Delitos Informáticos, que no sólo estableció penas para hackers, estafadores digitales y pornógrafos y protegió la información de los bancos de datos personales, sino que también consideró que el correo electrónico, el chat y los mensajes de texto y multimedia son “documentos”, por lo que su violación es un delito. No obstante ello, aunque los “ciberdelitos” crecen, la falta de conocimiento del marco legal, la imposibilidad para probarlos y el conservadurismo de policías y jueces llevan a que pocos casos se denuncien.
En particular, el GROOMING,  es un delito informático que consta de:
"...acciones deliberadas por parte de un/a adulto/a de cara a establecer lazos de amistad con un niño o niña en Internet, con el objetivo de obtener una satisfacción sexual mediante imágenes eróticas o pornográficas del menor o incluso como preparación para un encuentro sexual, posiblemente por medio de abusos..."2
Ésta problemática puede afectar a la mayoría de los menores, que cada día mas, estan en contacto con la tecnología, internet y las redes sociales, medios éstos que dan lugar a la comision de éste delito.

El grooming se encuentra estrechamente relacionado con lo que nuestro Código Penal tipifica como el abuso sexual. En su artículo 119 contempla las distintas modalidades siendo la nota característica el requerimiento del contacto físico, se trata de un hecho doloso que afecta el desarrollo psico- sexual de los menores. El delito que es objeto de mi análisis no presenta esta particularidad, sin embargo puede ser un paso previo a su comisión, ya que el mayor, haciendose pasar por otro menor, al acaparar la confianza del niño, puede acceder a encuentros con éste, pudiendo producirse la lesión a su integridad sexual, bien jurídico protegido en el título que me incumbe.Tambien suele relacionarse, con un poco mas de criterio, al grooming con lel delito tipificado en el artículo 125 del Código Penal, la corrupción de menores de edad.
El pedófilo que hace grooming se caracteriza por ser una persona con gran capacidad para mentir y engañar y al tratarse de víctimas vulnerables, como son los niños, se faciita en gran medida su tarea. El papel de los padres es esencial en esta instancia. Se requiere de padres preparados para controlar y filtrar la informacion a la que acceden sus hijos y las personas con las que entablan contacto via internet, y dado que el autor del delito puede ser una persona audaz para engañar tambien a los padres se requiere que éstos conozcan y se informen contuinuamente de los casos de grooming y demas delitos informaticos de que pueden ser pasibles sus niños y sepan como actuar ante una situacion similar.
La Argentina no cuenta con leyes específicas para la intervención en este tipo de delitos, siendo una laguna mas en el Derecho. Países como Alemania, Estados Unidos, Escocia y Australia castigan muy severamente éste delito.
Uno de los casos mas famosos se dió en España y la víctima fue una niña de 14 años cuyos padres denunciaron el hecho y después de una investigación se logró llegar a la detención de uno de lo pedófilos mas buscados y activos en la red. Éste caso fue publicado en el diario "el País" el día 25 de Noviembre de 2007. Es un caso muy interesante que muestra de cerca el delito del grooming, para leer más de este caso pueden visitar ésta página: http://www.elpais.com/articulo/portada/LUCIA13/Diario/acoso/Red/elpepusoceps/20071125elpepspor_5/Tes





Citas:
1 http://www.clarin.com/internet/mundo_web/Solo-denuncia-ciberdelitos_0_280172032.html
2 http://es.wikipedia.org/wiki/Grooming

lunes, 13 de septiembre de 2010

El Derecho Informático y las Redes Sociales

El término "Derecho Informático" (Rechtsinformatik) fue acuñado por el Prof. Dr. Wilhelm Steinmüller, académico de la Universidad de Regensburg de Alemania, en los años 1970. Sin embargo, no es un término unívoco, pues también se han buscado una serie de términos para el Derecho Informático como Derecho Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de la Información, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del Ciberespacio, Derecho de Internet, etc.
Se considera que el Derecho Informático es un punto de inflexión del Derecho, puesto que todas las áreas del derecho se han visto afectadas por la aparición de la denominada Sociedad de la Información, cambiando de este modo los procesos sociales y, por tanto, los procesos políticos y jurídicos. Es aquí donde hace su aparición el Derecho Informático, no tanto como una rama sino como un cambio.
Facebook es un sitio web gratuito de redes sociales creado por Mark Zuckerberg. Los usuarios pueden participar en una o más redes sociales, en relación con su situación académica, su lugar de trabajo o región geográfica. Ha recibido mucha atención en la blogosfera y en los medios de comunicación al convertirse en una plataforma sobre la que terceros pueden desarrollar aplicaciones y hacer negocio a partir de la red social. A pesar de ello, existe la preocupación acerca de su posible modelo de negocio, dado que los resultados en publicidad se han revelado como muy pobres.
Facebook compite por abrirse espacio entre empresas de éxito como Google y MySpace, por lo que se enfrenta a grandes desafíos para lograr crecer y desarrollarse. Una de las estrategias de Zuckerberg ha sido abrir la plataforma Facebook a otros desarrolladores.
Facebook tiene más de 500 millones de usuarios registrados alrededor de todo el mundo. De acuerdo a Alexa.com, la página subió del lugar número 60 de las más visitadas al número 7 en un año. Actualmente se encuentra en la posición 2. Quantcast la pone en el lugar número 16, y Compete.com en el 20. La página es la más popular para subir fotografías, con estadísticas de más de 83 millones de fotos subidas a diario. El 3 de noviembre del 2007, había siete mil (7000) aplicaciones en el sitio, cien agregadas cada día; y en enero de 2010 superaban las 500.000.
Los tiempos han cambiado y la tecnología avanza, y el Derecho debe resolver nuevos problemas propios de esta era. Uno de ellos es la regulación adecuada en torno a las redes sociales como Facebook donde se propician distintas situaciones  durante la interacción con otros usuarios que requieren una solución urgente y adecuada. El Derecho Informático es justamente esa solución y es por ello que es esencial el conocimiento por parte de todos de esta herramienta tan útil si se la sabe utilizar.